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Tecnología, Datos y Negocios Digitales.

WHATSAPP, CORREO Y SMS PARA PUBLICIDAD: TENER EL NÚMERO DEL CLIENTE NO SIGNIFICA PODER ENVIARLE PUBLICIDAD SIN LÍMITES

WHATSAPP, CORREO Y SMS PARA PUBLICIDAD: TENER EL NÚMERO DEL CLIENTE NO SIGNIFICA PODER ENVIARLE PUBLICIDAD SIN LÍMITES

Categoría: Tecnología, datos y negocios digitales Tipo: Protección de datos / Marketing digital Impacto: Empresas que realizan campañas comerciales por WhatsApp, correo electrónico, llamadas o mensajes de texto Base jurídica: Ley 1581 de 2012; Ley 2300 de 2023; Circular Externa SIC 001 de 2024; Registro de Números Excluidos —RNE— y regulación CRC aplicable.

¿QUÉ DEBE SABER LA EMPRESA?

Que un cliente haya suministrado su teléfono para recibir una factura, coordinar una entrega o confirmar una compra no significa automáticamente que la empresa pueda utilizar ese dato para cualquier campaña publicitaria.

El principio de finalidad obliga a determinar para qué fue recopilada la información.

Además, la regulación colombiana permite al consumidor manifestar que no desea recibir comunicaciones comerciales mediante los mecanismos establecidos para ello.

¿A QUIÉN APLICA?

A empresas que utilicen WhatsApp, SMS, llamadas telefónicas, correo electrónico u otros canales para enviar publicidad y ofertas comerciales.

¿POR QUÉ IMPORTA?

Muchas empresas construyen bases de datos durante años y posteriormente las utilizan para campañas sin verificar el origen de los datos, la finalidad autorizada o las solicitudes de supresión y exclusión realizadas por los titulares.

La existencia de una relación comercial previa no elimina automáticamente los derechos del titular sobre sus datos.

EJEMPLO PRÁCTICO

Un cliente entrega su número celular para que una tienda le informe cuándo puede recoger un producto.

La empresa incorpora posteriormente ese número a una lista de WhatsApp y comienza a enviar promociones todas las semanas.

La finalidad original —coordinar la entrega— y la nueva finalidad —publicidad— no son necesariamente equivalentes.

DECISIÓN PRÁCTICA PARA LA EMPRESA

Antes de realizar una campaña debe conocerse de dónde provino cada base de datos, cuál fue la finalidad informada, qué canales autorizó el titular y qué solicitudes de exclusión existen. También debe existir un mecanismo sencillo para que la persona pueda dejar de recibir publicidad.

ESTADO ACTUAL

Las reglas de protección de datos y las disposiciones sobre contacto comercial continúan vigentes. El Registro de Números Excluidos permite a los titulares manifestar restricciones respecto de comunicaciones comerciales y las empresas deben incorporar esos controles en sus campañas.

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