USAR INTELIGENCIA ARTIFICIAL NO AUTORIZA A ENTREGAR LIBREMENTE DATOS DE CLIENTES, TRABAJADORES O PROVEEDORES
Categoría: Tecnología, datos y negocios digitales Tipo: Protección de datos / Inteligencia artificial Impacto: Todas las empresas que utilicen herramientas de IA con datos personales Base jurídica: Ley 1581 de 2012; Decreto 1074 de 2015; Circular Externa SIC 002 de 2024; Circular Externa SIC 002 de 2025 y doctrina SIC publicada en 2026.
¿QUÉ CAMBIÓ?
El crecimiento de herramientas de inteligencia artificial ha creado una práctica empresarial riesgosa: copiar bases de clientes, contratos, hojas de vida, conversaciones, documentos internos o información de trabajadores dentro de herramientas externas sin revisar primero qué ocurrirá con esos datos.
La SIC ha reiterado que utilizar una nueva tecnología no elimina las obligaciones de protección de datos. En febrero de 2026, al explicar el alcance de la Circular 002 de 2025 sobre transferencia de tecnología, la autoridad volvió a desarrollar las diferencias entre transferencia y transmisión internacional de datos y las responsabilidades que continúan existiendo cuando intervienen proveedores tecnológicos extranjeros.
¿A QUIÉN APLICA?
A empresas que introducen datos personales en sistemas de IA, CRM inteligentes, asistentes virtuales, plataformas de análisis, servicios en la nube o aplicaciones que procesan información por cuenta de la organización.
¿POR QUÉ IMPORTA?
Una empresa puede creer que simplemente está “usando un programa”, cuando jurídicamente puede estar realizando un tratamiento de datos personales y eventualmente una transmisión o transferencia internacional.
El responsable debe conocer qué información entrega, para qué finalidad, quién la recibe, dónde se procesa y qué garantías existen.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una empresa carga 5.000 hojas de vida en una herramienta de IA para clasificarlas. Esas hojas contienen nombres, teléfonos, direcciones, experiencia laboral y posiblemente información sensible.
No basta con que la herramienta sea útil. La empresa debe verificar la legitimidad del tratamiento, las condiciones contractuales con el proveedor, la finalidad y las medidas de seguridad aplicables.
DECISIÓN PRÁCTICA PARA LA EMPRESA
Antes de cargar información empresarial en una herramienta de IA debe clasificarse qué información contiene datos personales. Cuando existan datos de clientes, trabajadores o terceros, deben revisarse autorización o fundamento jurídico, finalidad, contrato con el proveedor, ubicación del tratamiento, medidas de seguridad y reglas de conservación.
ESTADO ACTUAL
La Ley 1581 de 2012 continúa siendo el marco general. Los lineamientos SIC sobre IA y transferencia de tecnología complementan su aplicación a nuevas herramientas. La utilización de IA no constituye una excepción al régimen de protección de datos.


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