TRABAJADORES CON RESPONSABILIDADES FAMILIARES DE CUIDADO
Categoría: Laboral – Jornada y responsabilidades familiares Tipo: Norma laboral Impacto: Empleadores y trabajadores con responsabilidades familiares de cuidado Fecha: 25 de junio de 2025 Entidad: Congreso de la República Base jurídica: Ley 2466 de 2025, artículos 46 y 47
¿QUÉ CAMBIÓ?
La reforma laboral creó una medida para que los trabajadores con determinadas responsabilidades familiares de cuidado puedan solicitar al empleador una organización flexible de su trabajo.
La solicitud puede comprender horarios o jornadas flexibles y modalidades apoyadas en tecnologías de la información y las comunicaciones. , cuando sean compatibles con las funciones del cargo.
El punto más importante para la empresa es que la petición debe ser evaluada y respondida dentro de los 15 días hábiles siguientes a su recepción .
La empresa puede aceptarla.
¿A QUIÉN LE APLICA?
La medida protege a trabajadores que acreditan responsabilidades de cuidado respecto de las personas contempladas por la ley, entre ellas hijos menores de edad, personas mayores, personas con discapacidad y personas con enfermedades catastróficas, crónicas graves., dentro de las condiciones y grados familiares establecidos legalmente.
También se contemplan situaciones en las que una persona depende exclusivamente del trabajador cuidador por no contar con otros familiares que puedan asumir su cuidado.
La responsabilidad debe ser debidamente acreditada .
EJEMPLO PRÁCTICO
Una trabajadora tiene jornada de 8:00 am a 5:00 pm y acredita que tiene bajo
Solicita trabajar de 7:00 am a 4:00 pm para poder acompañarlo posteriormente a tratamiento médico.
La empresa debe estudiar la petición. Si la carga permite ese horario, puede aceptarlo. Si la operación exige su presencia hasta las 5:00 pm, puede negar justificadamente la propuesta o plantear otra alternativa.
Lo que no debe hacer es dejar la solicitud sin respuesta : dispone15 días hábiles para pronunciarse.
CUIDADORES DE
La reforma también modificó la regulación especial para trabajadores responsables del cuidado de familiares con discapacidad.
Cuando se cumplan los requisitos legales, trabajador y empleadores pueden acordar medidas como flexibilidad horaria, trabajo en, siempre que la naturaleza de las funciones permita utilizar estas modalidades sin afectar el cumplimiento del trabajo.
Esto no significa que todo
¿POR QUÉ IMPORTA?
Porque estas solicitudes ya no deberían manejarse como simples acuerdos informales entre el trabajador y su jefe.
La empresa debe poder establecer:
cuándo recibió la solicitud + qué situación de cuidado fue acreditada + qué modalidad pidió el trabajador + cómo evaluó el cargo + qué respondió y en qué fecha.
El plazo de 15 días hábiles hace recomendable que Recursos Humanos tenga un procedimiento interno para controlar estas solicitudes.
¿QUÉ DEBE HACER LA EMPRESA?
Implementar una ruta sencilla:
SOLICITUD → ACREDITACIÓN DEL CUIDADO → ANÁLISIS DEL CARGO → EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA → RESPUESTA EN MÁ
La respuesta podrá consistir en aceptación..
BASE JURÍDICA
Artículo 46 de la Ley 2466 de 2025: regula la flexibilidad laboral para trabajadores con responsabilidades familiares de cuidado y establece el procedimiento
Artículo 47 de la Ley 2466 de 2025: modificó el artículo 7 de la Ley 2297 de 2023 y desarrolla medidas de flexibilidad para trabajadores que tienen responsabilidades de cuidado respecto de familiares
ESTADO ACTUAL
Vigente.
La flexibilidad solicitada no se concede automáticamente , pero la empresa sí debe
CONCLUSIÓN
La regla práctica para la empresa es:
EL TRABAJADOR ACREDITA LA RESPONSABILIDAD DE CUIDADO → PRESENTA LA SOLICITUD → LA EMPRESA LA EVALÚA → RESPONDE EN MÁXIMO 15 DÍAS HÁBILES.
La respuesta puede ser aceptar, negar justificadamente o proponer una alternativa . La novedad convierte estas solicitudes en un asunto que la empresa debe tramitar, responder y documentar , y no simplemente en un acuerdo informal entre trabajador y jefe.


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