SUPERFINANCIERA REORGANIZA SUS REGLAS FINANCIERAS: NACE LA NUEVA CIRCULAR BÁSICA FINANCIERA
Categoría: Financiera Tipo: Regulación financiera Impacto: Bancos, aseguradoras, fiduciarias, administradoras de fondos, entidades de pensiones y demás entidades sometidas a vigilancia de la Superintendencia Financiera Fecha: 14 de abril de 2026 Entidad: Superintendencia Financiera de Colombia Base jurídica: Circular Externa 004 del 14 de abril de 2026; nueva Circular Básica Financiera —CBF—.
¿QUÉ CAMBIÓ?
La Superintendencia Financiera culminó en 2026 la depuración de la antigua Circular Básica Contable y Financiera y expidió una nueva Circular Básica Financiera.
La modificación reorganiza uno de los principales cuerpos de instrucciones que utilizan las entidades vigiladas para cumplir sus obligaciones prudenciales, financieras, contables y de administración de riesgos.
La SFC revisó las disposiciones anteriores aplicando cinco criterios principales:
eliminación de cargas innecesarias;
eliminación de duplicidades;
depuración de disposiciones obsoletas;
corrección de falta de claridad normativa;
y actualización técnica.
La nueva circular también incorpora un sistema de numeración específico para sus párrafos, con el propósito de facilitar la identificación y consulta de las instrucciones.
¿CÓMO QUEDÓ ORGANIZADA?
La nueva Circular Básica Financiera está estructurada en cuatro grandes partes.
La primera comprende la administración de riesgos.
Allí se encuentran, entre otras materias, el Sistema Integral de Administración de Riesgos —SIAR—, las reglas para entidades exceptuadas del SIAR, la gestión de riesgos de conglomerados financieros y las disposiciones relacionadas con riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos.
La segunda parte contiene controles de ley y asuntos prudenciales.
Comprende materias como solvencia, patrimonio adecuado, inversiones obligatorias, operaciones con financiación en moneda extranjera, pruebas de resistencia, grandes exposiciones y concentración de riesgos, autoevaluación de capital y liquidez y transacciones con vinculados.
La tercera parte reúne información financiera y esquemas de reporte.
Incluye información financiera de propósito general, el Catálogo Único de Información Financiera —CUIF—, reportes a la Superintendencia, inversiones, derivados, titularización, operaciones del mercado monetario, contratos de seguros y otras materias contables y financieras.
La cuarta parte contiene otras disposiciones aplicables a las entidades vigiladas.
¿A QUIÉN APLICA?
Directamente a las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera en las materias correspondientes a cada capítulo.
Esto incluye, dependiendo de la disposición específica:
establecimientos de crédito;
compañías de seguros;
sociedades fiduciarias;
administradoras de fondos de pensiones y cesantías;
intermediarios del mercado de valores;
entidades pertenecientes a conglomerados financieros;
y demás entidades sometidas al régimen financiero correspondiente.
No significa que todas las instrucciones de la Circular Básica Financiera apliquen indistintamente a todas las entidades.
Cada entidad debe identificar los capítulos y disposiciones que corresponden a su naturaleza, actividades, productos y riesgos.
Para una empresa comercial, industrial o de servicios que simplemente sea cliente de un banco, la circular no crea de manera general una nueva obligación directa.
Su efecto es principalmente indirecto, porque modifica y reorganiza las reglas que deben cumplir las entidades financieras con las que opera.
¿POR QUÉ IMPORTA?
Porque durante años las áreas de cumplimiento, riesgos, contabilidad, auditoría y tecnología de las entidades vigiladas construyeron manuales, matrices y controles utilizando referencias de la anterior Circular Básica Contable y Financiera.
Cuando cambia la estructura normativa, mantener únicamente las referencias anteriores puede generar problemas operativos.
Una política interna puede seguir siendo materialmente correcta, pero citar una ubicación normativa que ya no corresponde a la estructura vigente.
Por eso la transición exige revisar no solamente el contenido de las obligaciones sino también su ubicación dentro del nuevo cuerpo normativo.
La propia Superintendencia publicó una tabla de equivalencias entre la antigua Circular Básica Contable y Financiera y la nueva Circular Básica Financiera para facilitar esa migración.
EJEMPLO PRÁCTICO
Un banco tiene una matriz interna de cumplimiento con 800 controles.
Cada control contiene:
obligación;
área responsable;
periodicidad;
evidencia;
riesgo asociado;
y referencia a la Circular Básica Contable y Financiera.
Después de la expedición de la Circular Externa 004 de 2026, el banco no debería limitarse a cambiar automáticamente el nombre de la circular en las 800 filas.
Debe utilizar la tabla de equivalencias y revisar qué ocurrió con cada disposición.
Algunas pueden haber sido trasladadas sin modificaciones sustanciales.
Otras pueden haber sido reorganizadas.
Otras pueden haber recibido ajustes técnicos.
Y determinadas instrucciones pueden haber sido eliminadas por duplicidad, obsolescencia o porque constituían cargas innecesarias.
La empresa necesita entonces reconstruir la trazabilidad entre la regla anterior y la nueva.
DECISIÓN PRÁCTICA PARA LA EMPRESA
Las entidades vigiladas deberían realizar una matriz de transición entre la antigua Circular Básica Contable y Financiera y la nueva Circular Básica Financiera.
La revisión debería abarcar como mínimo:
manuales internos;
matrices de riesgos;
matrices de cumplimiento;
procedimientos contables;
políticas de crédito;
modelos de riesgo;
reportes regulatorios;
manuales de auditoría;
procedimientos de tesorería;
documentos de gobierno corporativo;
sistemas informáticos que incorporen referencias normativas;
y contratos o documentos internos que remitan expresamente a numerales de la regulación anterior.
La tabla de equivalencias publicada por la Superintendencia debe utilizarse como punto de partida, pero la entidad debe verificar también si el contenido material de cada obligación permaneció igual, fue modificado o dejó de existir.
Esto evita un error frecuente en procesos de actualización normativa: cambiar únicamente la numeración sin revisar la regla que se encuentra detrás de ella.
ESTADO ACTUAL
La Circular Externa 004 del 14 de abril de 2026 expidió la nueva Circular Básica Financiera de la Superintendencia Financiera y reorganizó las instrucciones que anteriormente se encontraban en la Circular Básica Contable y Financiera. La nueva estructura se divide en administración de riesgos; controles de ley y asuntos prudenciales; información financiera y esquemas de reporte; y otras disposiciones. La Superintendencia mantiene publicada una tabla de equivalencias para facilitar la identificación de las disposiciones trasladadas desde la estructura anterior.


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