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PLATAFORMAS DIGITALES DE REPARTO: DEBERÁN EXPLICAR CÓMO FUNCIONAN LOS SISTEMAS AUTOMATIZADOS QUE AFECTAN AL TRABAJADOR

PLATAFORMAS DIGITALES DE REPARTO: DEBERÁN EXPLICAR CÓMO FUNCIONAN LOS SISTEMAS AUTOMATIZADOS QUE AFECTAN AL TRABAJADOR

Categoría: Laboral – Plataformas digitales y algoritmos Tipo: Ley Norma: Ley 2466 de 2025 Impacto: Empresas de plataformas digitales de reparto y trabajadores digitales Estado: Régimen especial sujeto a su regla de entrada en vigencia

¿QUÉ CAMBIÓ?

La reforma laboral no se limitó a regular si el repartidor puede ser trabajador dependiente o independiente. También entró a regular una parte menos visible de estas relaciones: los sistemas automatizados utilizados por las plataformas para tomar decisiones que afectan a quienes realizan los repartos.

Estas herramientas pueden intervenir, por ejemplo, en la asignación de servicios, calificaciones, restricciones, incentivos o decisiones que incidan en las condiciones bajo las cuales el trabajador accede a las oportunidades ofrecidas por la plataforma.

La ley establece obligaciones de transparencia sobre estos sistemas automatizados.

¿QUÉ INFORMACIÓN DEBE CONOCER EL TRABAJADOR?

La plataforma deberá suministrar información sobre los sistemas automatizados utilizados para tomar o apoyar decisiones que puedan afectar las condiciones de trabajo.

La importancia de esta regla está en que una decisión empresarial no deja de tener efectos laborales simplemente porque sea ejecutada mediante un algoritmo.

Para el trabajador debe existir información que le permita comprender qué tipo de decisiones están siendo automatizadas y qué elementos intervienen en ellas.

EJEMPLO PRÁCTICO

Un repartidor advierte que dejó de recibir determinados servicios después de que disminuyó su calificación dentro de la aplicación.

La empresa no debería manejar el funcionamiento del sistema como una caja completamente cerrada cuando ese mecanismo automatizado incide directamente sobre las condiciones en las que el trabajador presta el servicio.

La nueva regulación busca que exista mayor transparencia sobre los sistemas utilizados para adoptar este tipo de decisiones.

NO ES SOLAMENTE UN PROBLEMA DE TECNOLOGÍA

Para una plataforma, el algoritmo forma parte del modelo de negocio.

Pero cuando ese sistema interviene en decisiones relacionadas con trabajadores, también aparece una dimensión laboral.

Por eso las empresas deberán revisar no solamente sus contratos, sino también la forma en que funcionan herramientas como:

asignación automatizada de servicios; calificaciones; sistemas de incentivos; restricciones de acceso; perfiles de trabajadores; y decisiones automatizadas que puedan afectar las condiciones de prestación del servicio.

¿A QUIÉN LE APLICA?

El régimen está dirigido específicamente a las plataformas digitales de servicios de reparto y a las personas que prestan dichos servicios mediante ellas.

No significa que estas disposiciones específicas se apliquen automáticamente a cualquier empresa colombiana que utilice inteligencia artificial o programas informáticos para administrar trabajadores.

Su ámbito directo es el régimen especial creado para plataformas digitales de reparto.

¿POR QUÉ IMPORTA?

Porque hasta ahora una parte importante de la relación entre plataforma y repartidor podía quedar incorporada dentro del funcionamiento técnico de la aplicación.

Con la reforma, determinadas decisiones automatizadas adquieren relevancia jurídica.

La empresa deberá poder identificar:

qué sistema utiliza → qué decisiones adopta o apoya → qué información utiliza → cómo puede afectar al trabajador → qué información debe suministrarse.

¿QUÉ DEBEN HACER LAS PLATAFORMAS?

Realizar un inventario de los sistemas automatizados que intervienen en la gestión de repartidores y determinar cuáles tienen incidencia sobre sus condiciones de trabajo.

También deberían documentar su funcionamiento y revisar que la información que debe conocer el trabajador pueda ser presentada de forma clara y comprensible, en lugar de quedar escondida únicamente dentro de extensos términos y condiciones.

BASE JURÍDICA

La Ley 2466 de 2025, dentro del régimen especial de trabajo en plataformas digitales de reparto, incorporó reglas sobre transparencia y utilización de sistemas automatizados que intervienen en decisiones relacionadas con los trabajadores digitales.

Estas disposiciones deben interpretarse conjuntamente con las demás reglas especiales de la reforma sobre modalidades de vinculación, seguridad social, registro y protección de trabajadores de plataformas.

ESTADO ACTUAL

El régimen fue incorporado por la Ley 2466 de 2025, pero sus artículos especiales sobre plataformas digitales están sometidos a la regla particular de entrada en vigencia establecida por la propia reforma.

Por ello, debe distinguirse entre la existencia jurídica de la regulación y el momento en que sus obligaciones especiales comiencen a resultar plenamente exigibles.

CONCLUSIÓN

La reforma introduce una regla empresarial importante:

SI UN ALGORITMO INTERVIENE EN DECISIONES QUE AFECTAN AL TRABAJADOR, SU FUNCIONAMIENTO YA NO PUEDE TRATARSE SIMPLEMENTE COMO UN ASUNTO INTERNO DE SOFTWARE.

Para las plataformas digitales de reparto, la gestión de trabajadores mediante algoritmos pasa a tener también una dimensión laboral de transparencia, información y control.

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