LEGALIZACIÓN DE MERCANCÍAS APREHENDIDAS: CUÁNDO ES POSIBLE EVITAR EL DECOMISO
Categoría: Aduanera Tipo: Doctrina DIAN Impacto: Importadores, declarantes, agencias de aduanas, poseedores y tenedores de mercancías extranjeras Fecha: 2026 Entidad: DIAN Base jurídica: Ley 2586 de 2026; Decreto 1165 de 2019; doctrina DIAN de 2026 sobre legalización y rescate de mercancías.
¿QUÉ CAMBIÓ?
La DIAN precisó en 2026 que la configuración de una causal de aprehensión no conduce necesariamente al decomiso definitivo de la mercancía. Dependiendo de la causal y de las circunstancias de la operación, el interesado puede presentar una declaración de legalización para subsanar la situación, pagar los tributos aduaneros y el valor de rescate correspondiente y recuperar la mercancía.
La Ley 2586 de 2026 establece que, hasta antes de quedar en firme el acto administrativo de decomiso, el rescate mediante la declaración correspondiente con levante y el pago de los valores exigibles puede producir la terminación del proceso, la devolución de las mercancías y el archivo del expediente.
Sin embargo, la posibilidad de legalizar no es automática. Primero debe identificarse la causal concreta de aprehensión y determinarse si jurídicamente puede ser subsanada. También deben verificarse la presentación de la mercancía ante la autoridad aduanera, las restricciones legales o administrativas aplicables y los demás requisitos establecidos para la operación.
¿A QUIÉN APLICA?
A importadores, declarantes, poseedores o tenedores de mercancías extranjeras sometidas a una causal de aprehensión que pueda ser subsanada mediante legalización.
No significa que toda mercancía aprehendida pueda recuperarse pagando un rescate. Existen situaciones en las que la naturaleza de la causal impide utilizar este mecanismo, por lo que el análisis debe realizarse antes de presentar la declaración de legalización.
¿POR QUÉ IMPORTA?
Porque ante una aprehensión pueden existir dos resultados completamente diferentes: perder definitivamente la mercancía mediante el decomiso o subsanar oportunamente la irregularidad y recuperarla.
La doctrina DIAN de 2026 muestra además que no basta con pagar el rescate. Si la causal se originó, por ejemplo, en la falta de acreditación de capacidad económica y financiera o del origen legal de los recursos utilizados en la operación, la empresa debe corregir también esa situación. La legalización debe solucionar jurídicamente la causa que dio origen a la aprehensión.
Esto convierte el momento procesal en un elemento fundamental. La empresa debe determinar rápidamente cuál es la causal, si admite legalización y qué debe demostrar antes de que quede en firme el decomiso.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una empresa importa mercancías y posteriormente la DIAN determina que se configura una causal de aprehensión. Antes de que quede en firme el decomiso, la empresa analiza la causal y comprueba que puede subsanarse.
Si presenta correctamente la declaración de legalización, subsana la irregularidad, paga los tributos aduaneros y el rescate correspondiente y obtiene el levante, puede terminarse el proceso y ordenarse la devolución de la mercancía.
Por el contrario, si la causal no admite legalización o la empresa deja avanzar el procedimiento hasta que el decomiso quede en firme, la posibilidad de utilizar este mecanismo desaparece.
DECISIÓN PRÁCTICA PARA LA EMPRESA
Cuando la DIAN aprehenda una mercancía, la empresa debe identificar inmediatamente la causal legal utilizada por la administración. Después debe verificar si esa causal admite legalización, qué irregularidad debe subsanar, qué documentos necesita, cuánto debe pagar por tributos y rescate y hasta qué momento procesal puede actuar.
La decisión no debe reducirse a preguntar cuánto cuesta recuperar la mercancía. Primero debe determinarse si jurídicamente puede recuperarse. Solo después corresponde calcular el valor del rescate.
ESTADO ACTUAL
La Ley 2586 de 2026 permite rescatar determinadas mercancías antes de que quede en firme el acto administrativo de decomiso, siempre que la causal sea susceptible de subsanación y se cumplan las condiciones exigidas para la legalización. La doctrina DIAN de 2026 confirma que el análisis debe hacerse según la causal concreta y que el pago del rescate, por sí solo, no subsana una irregularidad que continúa existiendo.


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