DEJAR LA RESPONSABILIDAD 07 EN EL RUT PUEDE MANTENER OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EXÓGENA AUNQUE NO HAYA PRACTICADO RETENCIONES
Categoría: Tributaria – RUT / Información exógena Tipo: Doctrina DIAN Impacto: Alto Fecha: 1 de septiembre de 2026 Entidad: DIAN Documento: Concepto 015195 (int. 1510) de 2026
¿QUÉ ACLARÓ LA DIAN?
Una persona natural del régimen ordinario que conserve en su RUT la responsabilidad 07, “Agente de retención renta y complementarios”, puede continuar sometida a las obligaciones formales asociadas a esa condición aunque durante el año no haya practicado retenciones.
Mientras la responsabilidad permanezca vigente, la DIAN considera que puede utilizarla como elemento objetivo para verificar el cumplimiento de la obligación de presentar información exógena prevista en la Resolución 227 de 2025.
¿A QUIÉN APLICA?
A personas naturales del régimen ordinario que tengan registrada la responsabilidad 07 y crean que, por no haber practicado retenciones durante el año, automáticamente dejaron de tener obligaciones relacionadas con esa condición.
¿POR QUÉ IMPORTA?
Porque el RUT no es solamente una tarjeta informativa.
Una responsabilidad que permanece registrada puede ser utilizada por la Administración para controlar obligaciones formales.
EJEMPLO PRÁCTICO
Carlos dejó de desarrollar durante 2026 las operaciones por las cuales anteriormente actuaba como agente de retención.
Durante todo el año no practicó una sola retención.
Sin embargo, nunca actualizó su RUT y al 31 de diciembre continúa apareciendo la responsabilidad 07.
Carlos concluye que no tiene que revisar información exógena porque “no retuvo nada”.
Según la nueva doctrina DIAN, esa conclusión puede ser incorrecta: mientras conserve vigente la responsabilidad 07, la Administración está habilitada para exigir las obligaciones formales asociadas a esa condición registral.
¿QUÉ DEBE HACER EL CONTRIBUYENTE?
Revise periódicamente el RUT.
Si una responsabilidad dejó realmente de corresponder a su situación tributaria, debe analizarse su actualización mediante el procedimiento aplicable y no simplemente dejarla registrada indefinidamente.
ESTADO ACTUAL
La DIAN considera que mientras permanezca vigente la responsabilidad 07 en el RUT puede exigir el cumplimiento de las obligaciones formales asociadas a esa condición, independientemente de que durante el año se hayan materializado o no operaciones sujetas a retención.


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