AUTOPARTES Y MOTOPARTES: EL IAMA MANTIENE EN 2026 EL BENEFICIO ARANCELARIO PARA FORTALECER LA PRODUCCIÓN NACIONAL
Categoría: Comercio exterior Tipo: Norma / Beneficio arancelario Impacto: Fabricantes nacionales de autopartes y motopartes que utilizan insumos importados en sus procesos productivos Fecha: 22 de enero de 2026 Entidad: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Base jurídica: Decreto 1530 del 20 de diciembre de 2024; Circular 012 de 2025; Circular 001 del 22 de enero de 2026.
¿QUÉ CAMBIÓ?
Para 2026 continúa funcionando el Instrumento Arancelario para el Mejoramiento Autopartista y Motopartista —IAMA—, mecanismo creado para permitir que determinados fabricantes nacionales importen autopartes y motopartes dentro de contingentes arancelarios vinculados al desarrollo de producción en Colombia.
La Circular 001 del 22 de enero de 2026 modificó la Circular 012 de 2025, que contiene las reglas para la administración y distribución del contingente correspondiente a 2026.
El IAMA debe distinguirse del IAMAS.
El IAMAS, analizado anteriormente, está relacionado con la importación de vehículos por empresas que cumplen compromisos de producción e inversión.
El IAMA está dirigido al sector de autopartes y motopartes y busca reducir el costo arancelario de determinados bienes importados que forman parte de procesos productivos desarrollados en Colombia.
El instrumento funciona mediante contingentes. Por tanto, el beneficio no constituye una reducción general del arancel para cualquier empresa que importe una autoparte.
¿A QUIÉN APLICA?
A empresas productoras de autopartes y motopartes que cumplan las condiciones establecidas en el régimen y obtengan la asignación correspondiente dentro del contingente administrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
No aplica automáticamente a distribuidores de repuestos, talleres, almacenes de autopartes ni empresas que simplemente importan mercancías terminadas para comercializarlas.
La finalidad del instrumento está vinculada a la actividad productiva desarrollada en Colombia.
Por ello, antes de presupuestar una importación con el beneficio debe verificarse que la empresa y los bienes efectivamente se encuentren comprendidos dentro del instrumento y que exista cupo disponible y autorizado.
¿POR QUÉ IMPORTA?
Porque el arancel de un componente importado puede representar una parte significativa del costo de producir una autoparte o motoparte en Colombia.
El IAMA permite utilizar un tratamiento arancelario especial dentro de los límites del contingente asignado, reduciendo el costo de determinados insumos y componentes destinados al proceso productivo.
Pero existe una diferencia fundamental entre una tarifa arancelaria general y un contingente.
En una tarifa general, cualquier importador que cumpla las condiciones de la subpartida aplica la tarifa correspondiente.
En un contingente, existe una cantidad o valor máximo que puede beneficiarse del tratamiento especial y su utilización debe estar previamente administrada y autorizada conforme al procedimiento establecido.
Por eso una empresa no debería cerrar una negociación internacional calculando el beneficio antes de comprobar cuánto cupo tiene efectivamente asignado.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una empresa colombiana fabrica componentes destinados a motocicletas y necesita importar determinados insumos para incorporarlos a su producción nacional.
El proveedor extranjero ofrece mercancías por USD 200.000.
La empresa identifica que esos bienes pueden encontrarse dentro del esquema IAMA.
No debería concluir inmediatamente que toda la importación recibirá el tratamiento arancelario preferencial.
Primero debe verificar que cumple las condiciones como beneficiaria, que las subpartidas están comprendidas en el instrumento y cuál es el contingente que efectivamente le fue asignado.
Supongamos que solamente USD 120.000 de la operación pueden imputarse al cupo autorizado.
La empresa deberá separar el tratamiento correspondiente a esa parte de la importación del tratamiento aplicable al saldo que no esté cubierto por el contingente.
El presupuesto debe construirse sobre el cupo realmente disponible y no sobre el valor total que la empresa espera importar.
DECISIÓN PRÁCTICA PARA LA EMPRESA
Las empresas fabricantes de autopartes y motopartes deberían integrar el control del contingente IAMA con compras, producción, inventarios y comercio exterior.
Antes de emitir una orden internacional deberían verificar cuatro elementos: subpartida arancelaria del bien, elegibilidad dentro del instrumento, cupo asignado y saldo disponible del contingente.
También deberían comparar el ahorro arancelario con el compromiso productivo asociado a la utilización del instrumento.
Una empresa que compre mercancía pensando que tendrá acceso al beneficio y posteriormente descubra que no tenía cupo suficiente puede terminar con un costo de nacionalización superior al presupuestado.
El control debería realizarse operación por operación y mantenerse conciliado con las autorizaciones obtenidas a través de los mecanismos establecidos por MinComercio.
ESTADO ACTUAL
El Instrumento Arancelario para el Mejoramiento Autopartista y Motopartista —IAMA— continúa operando durante 2026. La Circular 001 del 22 de enero de 2026 modificó la Circular 012 de 2025 para la administración y distribución del contingente arancelario correspondiente a este año. El beneficio no constituye una tarifa preferencial general para cualquier importador de repuestos: depende del cumplimiento de las condiciones del instrumento y de la asignación y disponibilidad del contingente correspondiente.


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